Qué pide exactamente la ley y cómo lo resuelve TimeTracker
El artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, introducido por el Real Decreto-ley 8/2019, obliga a registrar la jornada de todo el mundo. Aquí tienes, punto por punto, qué exige y qué hace el programa para cumplirlo.
Requisito por requisito
| Lo que pide la norma | Lo que hace TimeTracker |
|---|---|
| Registro de todos los trabajadores, de cualquier sector y tamaño, incluidos comerciales, personal móvil, temporales y teletrabajo. | Se ficha desde el móvil, desde un kiosco con PIN o desde un terminal físico. Ningún perfil se queda fuera. |
| Registro diario con el horario concreto de inicio y fin de la jornada. | Cada fichaje guarda fecha y hora exactas de entrada y de salida, con el origen (móvil, kiosco, terminal). |
| Pausas e interrupciones registradas. | Las pausas se registran aparte y el tiempo efectivo se calcula solo: duración bruta menos pausas. |
| Sistema fiable, inmodificable y no manipulable. | Cada fichaje cerrado se sella con HMAC-SHA256 encadenado por trabajador. No se puede editar ni borrar. |
| Corrección de errores sin manipular el registro. | Se rectifica creando un registro nuevo enlazado y conservando el original, con traza de quién y cuándo. |
| Conservación durante 4 años. | Los fichajes no son borrables; solo se purgan de forma controlada una vez superado el plazo y con exportación previa. |
| A disposición del trabajador, de la RLT y de la Inspección de Trabajo. | El trabajador ve sus registros en el portal, se generan exportaciones a CSV y un certificado de integridad en PDF. |
| Distribución irregular de la jornada: totalización del periodo. | Totalización mensual contra la jornada pactada: un exceso de un día no es hora extra si el mes cuadra. |
| Horas extraordinarias (art. 35.5 ET): resumen mensual entregable con el recibo. | PDF mensual con horas ordinarias y extraordinarias, listo para entregar con la nómina. |
| Protección de datos (art. 20 bis ET y LO 3/2018). | Consentimiento de GPS por persona, registro de accesos a los datos y biometría que no sale del terminal. |
Los documentos que te van a pedir
-
Resumen mensual por trabajador
Horas ordinarias y extraordinarias del mes, en PDF (art. 35.5 ET).
-
Certificado de integridad
Acredita que la cadena de sellos no se ha roto.
-
Exportación a CSV
Todo el periodo que te pidan, trabajador por trabajador.
-
Registros de quien ya no está
Los trabajadores de baja conservan sus cuatro años de registros.
Una cosa que el programa no puede hacer por ti
La norma dice que el sistema de registro se debe acordar por negociación colectiva o acuerdo de empresa y, si no lo hay, lo debe establecer la empresa previa consulta a los representantes legales de los trabajadores. TimeTracker te da el medio técnico y la prueba de que el registro es fiable; el procedimiento de implantación y la consulta a la RLT los tienes que hacer tú.
Qué pasa si no lo llevas
No llevar registro de jornada está tipificado como infracción grave en materia de relaciones laborales. Además de la sanción, en un conflicto por horas extras la falta de registro juega en contra de la empresa: sin pruebas, vale lo que diga el trabajador. Tener el registro sellado es, sobre todo, tener con qué defenderte.
Esta página explica cómo el programa da respuesta a los requisitos legales; no es asesoramiento jurídico. Para tu caso concreto, consulta con tu gestoría o asesoría laboral.
Lo que nos preguntan siempre
Si tu duda no está, escríbenos: contestamos personas, no formularios automáticos.
¿Estoy obligado a registrar la jornada?
Sí. Desde el Real Decreto-ley 8/2019, el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores obliga a todas las empresas, del sector y el tamaño que sean, a llevar un registro diario de la jornada de cada trabajador con la hora concreta de entrada y de salida. Incluye comerciales, personal móvil, contratos temporales y teletrabajo.
¿Una hoja de cálculo o un cuaderno no me sirve?
La norma pide que el registro sea fiable y no manipulable. Un Excel se puede reescribir sin dejar rastro, y eso es precisamente lo que la Inspección cuestiona. En TimeTracker cada fichaje cerrado se sella con HMAC-SHA256 encadenado: no se puede editar ni borrar, y cualquier intento de tocar uno rompe la cadena y se detecta.
¿Y si alguien se olvida de fichar o se equivoca?
No se edita el registro original: se crea uno nuevo enlazado que lo rectifica, igual que una factura rectificativa. Los dos quedan guardados y se ve quién hizo la corrección y cuándo. Así se corrige el error sin romper la integridad del registro.
¿Cuánto tiempo tengo que guardar los fichajes?
Cuatro años, y a disposición del trabajador, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo. TimeTracker no permite borrarlos: solo se purgan de manera controlada una vez superado el plazo, y siempre con exportación previa.
¿Puedo usarlo si mis trabajadores no tienen móvil de empresa?
Sí. Pon un kiosco: una tableta en la entrada donde cada uno teclea su PIN, o un reloj físico con tarjeta RFID. Nadie necesita móvil propio. Los tres sistemas conviven: puedes tener el kiosco en la nave y el móvil para los comerciales.
Empieza a fichar esta semana
Te damos de alta la empresa, subimos la plantilla y cada persona recibe su acceso. En una mañana lo tienes funcionando, con reloj de pared o sin él.
- Alta del equipo y envío de accesos incluidos
- Migración de tus marcajes antiguos si los tienes
- Soporte en catalán y castellano, por teléfono
O llámanos: 977 365 800